Una empresa del sector de estética en el Distrito Federal tuvo su cuenta bloqueada por Nubank el 3 de enero de 2024, con un total de R$ 2 millones retenidos en solo 14 minutos. El bloqueo ocurrió tras que el banco detectara supuestas operaciones atípicas, pero el monto fue restituido solo cuatro meses después por decisión judicial.
En principio, Nubank notificó a la empresa a las 18h12, informando la cancelación de la cuenta debido a indicios de irregularidades. Sin embargo, poco después, a las 18h25, se identificaron nuevas transacciones sospechosas. En consecuencia, el bloqueo se efectuó a las 18h26, agravando la situación financiera de la empresa. La cantidad bloqueada tenía origen en restitución tributaria recibida mediante Banco do Brasil, lo que hizo la medida aún más controvertida.
Según la jueza Márcia Alves Martins Lôbo, responsable del caso, Nubank no presentó pruebas concretas que justificaran las irregularidades señaladas. Además, la institución no comunicó a la Receita Federal sobre el bloqueo, contrariando prácticas esperadas en el sistema financiero. La legislación brasileña prevé que bloqueos preventivos en situaciones similares deben durar, en regla, un máximo de 72 horas para que se realicen las debidas aclaraciones.
Nubank alegó que el bloqueo fue resultado de un sistema automático que identificó movimientos incompatibles con el perfil de la cliente. No obstante, el caso evidenció la ausencia de comunicación clara y fundamentación documental por parte de la fintech, lo que generó reclamaciones y cuestionamientos jurídicos sobre la legalidad de la acción.
El Banco Central y la Ley nº 9.613/1998 regulan la prevención del lavado de dinero, determinando que las instituciones financieras realicen monitoreo de movimientos financieros atípicos y comuniquen a las autoridades competentes, como el Consejo de Control de Actividades Financieras (Coaf). Aun así, Nubank fue condenado en episodio anterior a restablecer una cuenta bloqueada y a pagar R$ 3 mil en daños morales por situaciones similares.
Además, las normas brasileñas exigen que los bancos informen a sus clientes con una antelación mínima de 30 días antes de cancelar el contrato bancario. Sin embargo, en el caso del bloqueo en enero de 2024, la comunicación se realizó de forma abrupta, sin tiempo suficiente para que el cliente presentara defensa o justificación.
Especialistas en derecho del consumidor afirman que bloqueos realizados sin explicación clara o fundamento legal adecuado son considerados abusivos por la Justicia brasileña. De esta manera, los clientes afectados deben buscar esclarecimiento junto a las instituciones y protocolar demandas formales cuando no haya justificaciones para el bloqueo.
Brasil figura como uno de los mayores mercados de fintechs en el mundo, lo que intensifica las disputas relacionadas con el uso de sistemas automáticos para bloqueo de cuentas. Decisiones judiciales recientes han reforzado la importancia de equilibrar la seguridad del sistema financiero con los derechos de los consumidores, destacando la necesidad de transparencia y comunicación eficiente.
Finalmente, lo que se conoce como el hexágono de la regulación engloba aspectos como transparencia, comunicación adecuada, plazo definido y fundamentación legal para la adopción de bloqueos preventivos. La conclusión del proceso aún depende del análisis de las prácticas adoptadas por Nubank, que deberá responder acerca de la regularidad de la medida y observar las determinaciones judiciales establecidas.